El Notario es un profesional del derecho en quien la sociedad confía para realizar actos necesarios para tener en orden el patrimonio y otros aspectos legales de las personas.
Presidente
WILMA JULIÁN RUIZ
Vicepresidente
SANDRA GIOVANNA RIVERO PASTOR
Secretaria
ANIA CELIA MORALES AGUILERA
Tesorero
MARÍA ALEJANDRA SÁNCHEZ MARTÍNEZ
Vocal 1
LAURA ROBLEDO BRAVO
Vocal 2
JOSÉ OTHÓN CARRILES HANAN
Vocal 3
RAÚL SÁNCHEZ GÓMEZ
Consejero suplente
RICARDO LUCIO IBARRA CADENA
Consejero suplente
MIGUEL ÁNGEL ORTIZ FRÍAS
Consejero suplente
ALBERTO ESTEBAN MORELOS
Es el profesional del derecho investido de fe pública por el Estado que por delegación del Ejecutivo ejerce una función de orden público y tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y dar forma legal a la voluntad de las personas que ante él acuden, así como autenticar y dar certeza jurídica a los actos y hechos...
• Recibir las confidencias de los comparecientes que soliciten sus servicios y guardar reserva sobre lo pasado ante ellos.
• Asesorar a las partes de forma imparcial, en la formalización y celebración de contratos de diferente naturaleza...
I. Ser atendidos con profesionalismo;
II. Ser informados de los estímulos fiscales y facilidades administrativas aplicables al trámite solicitado;
III. Obtener información por parte del Notario en cualquier etapa del trámite...
Contrato por el cual el vendedor, transfiere al comprador, la propiedad de un bien, obligándose este último, el pago de un precio cierto y en dinero, siendo necesario que formalices dicho contrato ante Notario Público para que pueda ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y surta efecto contra terceros, además de que evitas que dicho bien pueda ser vendido nuevamente o embargado o quede intestado en caso de que el vendedor falleciera antes de firmar la escritura.
Contrato por el que una persona transfiere a otra gratuitamente uno a más bienes. Para repartir tus bienes en vida acude al Notario, quien te orientara sobre la forma en que puedes otorgar la donación.
Contrato por el cual el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta y nombre del mandante, o sólo por cuenta de éste, los actos jurídicos que le encargue. Si tú no puedes acudir a realizar algún acto jurídico, puedes otorgar un mandato.
Si lo que pretendes es heredar tus bienes, acude al Notario, quien te brindara la asesoría adecuada.
Se tramita ante Notario, siempre y cuando no existan menores de edad ni controversia entre los herederos.
Se tramitan ante Notario, siempre y cuando no existan menores de edad ni controversia entre los herederos y si el ultimo domicilio del autor de la herencia fue el Estado de Puebla.
Puede convenirse ante Notario, siempre y cuando los cónyuges no hayan tenido ni adoptado hijos, estén casados por separación de bienes o presenten convenio en el caso de sociedad conyugal y tengan su domicilio dentro del Estado de Puebla.
Si lo que pretendes es cambiar un bien por otro, el Notario te asesora sobre la forma de hacerlo y los impuestos que dicho contrato genera.
Contrato por el cual las partes, dando, prometiendo o reteniendo algo, terminan una controversia actual o evitan otra futura.
Mediante la cual puedes designar tutor para que se encargue de tu persona en caso de que llegares a quedar incapaz.
Debes realizarlo con el consentimiento del acreedor y ante Notario Público.
Solicitas el cumplimiento de una obligación, siendo testigo el Notario de este hecho, lo cual quedara por escrito.
A través de este contrato se garantiza el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago de la misma, anotándose un gravamen sobre el bien inmueble que garantiza dicha obligación. Este contrato debes otorgarlo ante Notario.
Ante Notario se puede justificar con testigos, la dependencia económica, diversidad de nombre, concubinato, posesión, etc.
Si vas a emprender un negocio y pretendes constituir una Sociedad, el Notario te orientara sobre cuál es la más conveniente de acuerdo a tus necesidades y los requisitos para formalizarla.
Se constituye mediante un acto jurídico, por el cual se reúnen de manera que no sea enteramente transitoria, dos o más personas, para realizar un fin posible, lícito y común y que no tenga carácter preponderantemente económico.
Acto jurídico, por el cual se reúnen de manera permanente, dos o más personas, para realizar un fin común de carácter preponderantemente económico, lícito, posible y que no constituya una especulación mercantil, mediante aportación de sus bienes o industria, o de ambos, para dividir entre sí el dominio de los bienes y las ganancias y pérdidas.
Ante Notario también puedes declarar la construcción existente, constituir Servidumbres de paso, Usufructo Temporal o Vitalicio, Patrimonio de Familia y Renta Vitalicia, entre otros.
C.P.C. y L. en D. Miguel Á. Santillana Solana
Doctor en Derecho
Lic. Hilda Sánchez Valerio
Notario 4 del Distrito Judicial de Atlixco, Puebla
Av. 7 Poniente 301, Centro, Puebla, Puebla, México, C.P. 72000
+52 (222) 232 0242
+52 (222) 246 3266
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